Incentivos Fiscales
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Deducciones fiscales
En todos los casos de personas físicas, la deducción fiscal mínima es del :
- el 80% en los 150 primeros euros de los donativos realizados.
- el 35% en el resto de los euros de los donativos realizados.
En el caso de que su donación a la fundación sea recurrente, es decir, que haya hecho un donativo los dos años anteriores, al menos por la misma cantidad, la deducción será como sigue:
- el 80% en los 150 primeros euros de los donativos realizados.
- el 40% en el resto de los euros de los donativos realizados.
Para más información puede llamar al Tlfono: 644-44-96-36 Carlos Azarola Bay

